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¿Cuándo puede circular un turismo por debajo de la velocidad mínima?

Pregunta tipo test del examen teórico del permiso B · Tema 3: Velocidad y distancia de seguridad

  1. a)Cuando el tráfico, el vehículo o la vía impidan mantenerla sin riesgo ✔
  2. b)Cuando el conductor quiera ahorrar combustible circulando por el carril derecho
  3. c)Nunca

Respuesta correcta: a) Cuando el tráfico, el vehículo o la vía impidan mantenerla sin riesgo.

Explicación

Se puede circular por debajo de la mínima cuando el tráfico, el vehículo o la vía impiden mantenerla sin riesgo, y en otros casos tasados como los vehículos especiales o el acompañamiento de vehículos. Ahorrar combustible no es causa justificada.

Lo que dice la norma

Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), Artículo 49. Velocidades mínimas en poblado y fuera de poblado:

2. Se podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad en los casos de vehículos especiales y de vehículos en régimen de transporte especial o cuando las circunstancias del tráfico, del vehículo o de la vía impidan el mantenimiento de una velocidad superior a la mínima sin riesgo para la circulación, así como en los supuestos de protección o acompañamiento a otros vehículos en que se adecuará la velocidad a la del vehículo acompañado.

En estos casos los vehículos de acompañamiento deberán llevar en la parte superior las señales V-21 o V-22, según proceda, previstas en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos.

Fuente: RGC, art. 49.2 (BOE). Redacción vigente desde el 1 de julio de 2025. Texto consolidado del BOE consultado el 22/10/2026.

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