Quiere reducir considerablemente la velocidad. ¿Qué debe hacer, salvo peligro inminente?
Pregunta tipo test del examen teórico del permiso B · Tema 3: Velocidad y distancia de seguridad
- a)Frenar fuerte y encender después las luces de emergencia para avisar a los de detrás
- b)Comprobar que no hay riesgo, avisar antes y no frenar bruscamente ✔
- c)Encender las luces largas
Respuesta correcta: b) Comprobar que no hay riesgo, avisar antes y no frenar bruscamente.
Explicación
Antes de reducir mucho la velocidad hay que asegurarse de que no hay riesgo para los demás y avisar previamente, sin frenar de forma brusca, para no provocar un alcance.
Lo que dice la norma
Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), Artículo 53. Reducción de velocidad:
1. Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores y estará obligado a advertirlo previamente del modo previsto en el artículo 109, sin que pueda realizarlo de forma brusca, para que no produzca riesgo de colisión con los vehículos que circulan detrás del suyo.
Fuente: RGC, art. 53.1 (BOE). Redacción vigente desde el 23 de enero de 2004. Texto consolidado del BOE consultado el 22/10/2026.
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