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Señal S-47: Zona de coexistencia

Señal S-47: Zona de coexistencia

🟦 Indicación · Señales de indicaciones generales

Qué significa

Indica una zona de circulación que está destinada en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos será de 20 km/h; la circulación está compartida entre vehículos, ciclistas y peatones; los peatones tienen prioridad, pueden usar toda la zona de circulación y por tanto no se señalizan pasos peatonales; los ciclos y, en su caso, los VMP pueden circular en ambos sentidos, salvo que la autoridad competente establezca lo contrario; los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marcas; los juegos y los deportes no están autorizados.

Significado oficial: anexo I.5, Tomo I, 3.8 · RD 1428/2003 RGC, anexo I.5 Catálogo oficial de señales de la circulación (redacción RD 465/2025).

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Preguntas de examen sobre la señal S-47

Practica con preguntas como las del examen teórico de la DGT:

  1. ¿Cuál es la velocidad máxima de los vehículos en una zona de coexistencia (S-47)?

    1. 20 km/h.
    2. 30 km/h, igual que en las vías urbanas de un solo carril por sentido.
    3. 10 km/h.
    Ver la respuesta

    a) 20 km/h.

  2. En una zona de coexistencia (S-47), ¿están autorizados los juegos y los deportes?

    1. Sí, si no hay vehículos circulando.
    2. Sí.
    3. No.
    Ver la respuesta

    c) No.

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