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En un tramo con línea continua hay un vehículo averiado que ocupa su carril. ¿Puede rebasarlo ocupando el sentido contrario?

Pregunta tipo test del examen teórico del permiso B · Tema 4: Uso de la vía, maniobras y adelantamiento

  1. a)Sí, tras comprobar que puede hacerlo sin peligro ✔
  2. b)No, debe esperar a que lo retiren porque la línea continua no se puede cruzar
  3. c)Sí, sin necesidad de comprobar nada

Respuesta correcta: a) Sí, tras comprobar que puede hacerlo sin peligro.

Explicación

Si en un tramo con adelantamiento prohibido hay un vehículo inmovilizado en el carril, salvo por necesidades del tráfico, se puede rebasar ocupando el sentido contrario tras comprobar que no hay peligro.

Lo que dice la norma

Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), Artículo 88. Vehículos inmovilizados:

2. Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya de ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas y demás ciclos, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, peatones, animales, vehículos de tracción animal y vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general.

Fuente: RGC, art. 88.2 (BOE). Redacción dada por el Real Decreto 518/2026, vigente desde el 1 de octubre de 2026. Texto consolidado del BOE consultado el 22/10/2026.

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