Ha vendido su coche a un particular. ¿En qué plazo debe notificarlo a la Jefatura de Tráfico?
Pregunta tipo test del examen teórico del permiso B · Tema 12: Documentación, ITV y seguro
- a)Treinta días desde la transmisión
- b)Diez días desde la transmisión ✔
- c)No tiene que notificarlo: lo hace el comprador
Respuesta correcta: b) Diez días desde la transmisión.
Explicación
El vendedor debe notificar la transmisión a Tráfico en diez días. Si no lo hace, seguirá siendo considerado titular a efectos de tráfico hasta que se inscriba a nombre de otra persona.
Lo que dice la norma
Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), Artículo 32. Tramitación:
1. Toda persona natural o jurídica que sea titular de un vehículo matriculado en España y que lo transmita a otra, aun cuando lo haga con reserva de dominio o de cualquier otro derecho sobre el vehículo, deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tenga su domicilio legal o a aquélla en que fue matriculado el vehículo, en el plazo de diez días desde la transmisión, por medio de una declaración en la que se haga constar la identificación y domicilio del transmitente y adquirente, así como la fecha y título de la transmisión.
[…]
Si el transmitente incumpliera la obligación de notificación señalada anteriormente, sin perjuicio de que se instruya el correspondiente procedimiento sancionador, seguirá siendo considerado titular del vehículo transmitido a los efectos de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, en tanto no se inscriba el mismo a nombre de otra persona a solicitud de ésta, acompañando documento probatorio de la adquisición y demás documentación que se indica en el apartado 3.
[…]
Fuente: Reglamento General de Vehículos, art. 32.1 (BOE). Redacción vigente desde el 15 de abril de 2021. Texto consolidado del BOE consultado el 22/10/2026.
Más preguntas explicadas del tema 12
- Ha comprado un coche usado a un particular. ¿En qué plazo debe pedir la renovación del permiso de circulación a su nombre?
- ¿Qué ocurre si circula con un vehículo cuyo permiso de circulación nunca se obtuvo o ha perdido su vigencia?
- Su ITV caduca el 30 de junio y la pasa con resultado favorable el 15 de junio. ¿Desde qué fecha se cuenta el nuevo período?
- Su coche ha obtenido una ITV desfavorable por un defecto grave. ¿Puede circular con él?
- Tras una ITV desfavorable, ¿en qué plazo máximo debe volver a presentar el vehículo a inspección?
- La ITV ha sido favorable, pero el informe recoge un defecto leve. ¿Qué debe hacer?
← Todas las preguntas explicadas · Exámenes oficiales DGT · Simulacro del examen