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🚑 Carril de emergencia: cómo abrir paso en un atasco en autovía

🏛️ Texto oficial de la DGT · 19 de junio de 2025

Desde el 1 de octubre de 2026 hay que abrir un carril de emergencia en los atascos de autopistas y autovías. Hacia dónde moverte según los carriles.

🗣️ Lo que explica la DGT

La situación es bien conocida por muchos conductores cuando, en un atasco en una autovía o autopista, una ambulancia con las señales de emergencia encendidas avanza entre coches que se abren hacia ambos lados para facilitarle el paso. Este es el comportamiento habitual con los vehículos prioritarios que, como establecen las normas, tienen preferencia sobre los demás.

No obstante, la próxima reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) -prevista para 2026- detallará cómo se debe actuar en este tipo de emergencias. Concretamente, el artículo 32 establecerá la “obligación de abrirse hacia los lados” en autopistas y autovías para todos los vehículos que circulen muy despacio (al paso de peatones) o se encuentren detenidos a causa de una retención.

Esta regulación de los llamados “Carriles de Emergencia” para ambulancias, policía y bomberos en servicio de urgencia es una medida que ya se aplica en una docena de países europeos, entre ellos Austria, Polonia y Alemania, este último pionero en los años 70.

“Se trata de arbitrar un comportamiento en autopistas y autovías para facilitar el acceso a los vehículos prioritarios, agilizar el acceso y la evacuación de las víctimas de un siniestro y restablecer la circulación lo antes posible” , explica Francisco de las Alas-Pumariño, jefe de la Unidad de Normativa de la DGT. Aviso de emergencia.

Respecto a los carriles de emergencia, hay otra novedad importante por venir. A partir de 2026, la DGT alertará sobre las emergencias a los conductores, que podrán prepararse con antelación para facilitar el paso a los vehículos prioritarios, incluso antes de que lleguen sus señales acústicas y luminosas.

(pinche sobre la imagen para ampliar)

Esto será posible porque ambulancias, coches de bomberos y policía circulan geolocalizados y transmiten su situación a los centros de gestión correspondientes. A partir del año próximo, estos centros podrán compartir esta información en tiempo real con la plataforma DGT 3.0, que hará llegar la alerta a los vehículos que circulen cerca del punto conflictivo de la vía donde hay un accidente o cualquier otro tipo de incidencia:

“El desarrollo de esta tecnología estará terminado a finales de este año. Además, será necesaria la cooperación de todas las administraciones con servicios de emergencias para que vuelquen esa información en la plataforma” , aclara Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación de la DGT.

Desde la creación de la plataforma 3.0 en 2017, la DGT viene trabajando en los servicios de conectividad e información en tiempo real para los vehículos.

“Actualmente los conductores reciben avisos sobre accidentes, retenciones circulatorias o la ubicación de vehículos detenidos por averías, gracias a las señales V-16 geolocalizadas” , afirma Blanco.

Cómo comportarse ante un vehículo prioritario en emergencia

• Mantenga la calma. Si no sabe hacia dónde moverse, no haga movimientos bruscos que puedan sorprender.

• Reduzca la velocidad gradualmente sin frenadas bruscas, manteniendo la distancia de seguridad.

• Si es necesario dejarle paso, muévase hacia el lado de la vía donde se encuentre y nunca se cruce por delante.

• Siga las instrucciones de los agentes o del personal de emergencias en su caso.

Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT), 19 de junio de 2025, sección «Reportajes», n.º 274. Texto: Carlos NICOLÁS FRAILE. Texto reproducido tal cual, sin sus imágenes (la revista autoriza reproducir sus textos citando la fuente). Esta web no es la DGT ni tiene relación con ella.

⚠️ Ojo: la norma ha cambiado después de este texto de la DGT

El texto de la revista es de 19 de junio de 2025. Después, estos artículos cambiaron de redacción; lo que vale hoy es la versión de abajo:

📖 Qué dice hoy la norma

Lo que la revista anunciaba como «próxima reforma» ya está en vigor. El Real Decreto 518/2026 reescribió el artículo 32 del Reglamento General de Circulación, vigente desde el 1 de octubre de 2026. Ahora, en autopistas y autovías, cuando por una retención los coches van a paso de peatón o se detienen, todos deben orillarse para dejar un espacio libre por el que puedan pasar los vehículos prioritarios. Ese espacio se llama carril de emergencia.

Dónde se abre depende del número de carriles. Con dos carriles en el mismo sentido, en el centro: quien va por el izquierdo se desplaza a la izquierda y quien va por el derecho, a la derecha. Con tres o más, entre el carril situado más a la izquierda y el de al lado: los del carril izquierdo se mueven todo lo posible a la izquierda y todos los demás, lo más a la derecha posible.

Fuera de estas retenciones sigue valiendo la regla general del artículo 69: en cuanto percibas las señales especiales de un vehículo prioritario, facilítale el paso apartándote normalmente a la derecha o deteniéndote si hace falta. Son prioritarios los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando están en servicio urgente (art. 67). No des frenazos ni cambios de carril bruscos: mantén la calma y sigue las indicaciones de los agentes.

El mismo artículo 32 trae otra regla nueva para el invierno: en autopistas y autovías, cuando la nieve dificulta la circulación, está prohibido adelantar y hay que ir por el carril derecho (también por su contiguo si hay tres o más carriles), para dejar libres los de la izquierda a quitanieves y vehículos de emergencia. En el examen, fíjate en el número de carriles de la imagen antes de elegir hacia dónde moverte.

Reglamento General de Circulación: Artículo 32. Carriles de emergencia. (vigente desde el 1 de octubre de 2026)

1. En autopistas y autovías, cuando con motivo de una retención los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio libre para permitir el paso ante la aproximación de vehículos prioritarios. Este espacio libre se denominará carril de emergencia.

En las autopistas y autovías que tengan dos carriles en el mismo sentido, el carril de emergencia deberá formarse en el centro de la vía, entre esos dos carriles.

En las autopistas y autovías que tengan tres o más carriles en el mismo sentido, el carril de emergencia deberá formarse entre el carril situado más a la izquierda y el carril contiguo a él. Los vehículos que circulen en el carril situado más a la izquierda deberán moverse lo más a la izquierda posible y los vehículos que circulen en los demás carriles deberán moverse lo más a la derecha posible.

2. En autopistas y autovías, cuando la circulación se vea dificultada por las condiciones de la calzada a causa de la nieve, estará prohibido adelantar y será obligatorio circular por el carril situado más a la derecha, pudiendo utilizar su contiguo en tramos con tres o más carriles por sentido, dejando expeditos para la circulación de vehículos de emergencia y quitanieves el resto de carriles a la izquierda.

Texto consolidado en el BOE

Reglamento General de Circulación: Artículo 69. Comportamiento de los demás conductores respecto de los vehículos prioritarios. (vigente desde el 1 de octubre de 2026)

Tan pronto perciban las señales especiales que anuncien la proximidad de un vehículo prioritario, los demás conductores adoptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso, o actuando conforme a lo dispuesto en el artículo 32.

Texto consolidado en el BOE

Reglamento General de Circulación: Artículo 67. Vehículos prioritarios. (vigente desde el 23 de enero de 2004)

1. Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta sección (artículo 25 del texto articulado).

2. Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.

3. La instalación de aparatos emisores de luces y señales acústicas especiales en vehículos prioritarios requerirá autorización de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos.

Texto consolidado en el BOE

🎯 Claves para el examen

✍️ Practica

Preguntas como las del examen teórico, con la respuesta al pulsar:

  1. Percibe las señales de una ambulancia en servicio de urgencia que se acerca por detrás en una autovía congestionada. ¿Qué debe hacer?

    1. Facilitarle el paso, apartándose o formando el carril de emergencia
    2. Acelerar para alejarse
    3. Detenerse en mitad del carril sin moverse
    Ver la respuesta

    a) Facilitarle el paso, apartándose o formando el carril de emergencia

  2. Oye la sirena y ve las luces de una ambulancia que se acerca en servicio urgente. ¿Qué debe hacer?

    1. Facilitarle el paso, apartándose normalmente a la derecha o deteniéndose si es preciso.
    2. Detenerse inmediatamente en el carril donde esté, sin apartarse, y encender la luz de emergencia.
    3. Acelerar para mantener la distancia.
    Ver la respuesta

    a) Facilitarle el paso, apartándose normalmente a la derecha o deteniéndose si es preciso.

  3. Un conductor de un vehículo no prioritario realiza un servicio de urgencia por circunstancias graves. ¿Puede saltarse las normas de circulación?

    1. No, debe respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones.
    2. Sí, pero solo los límites de velocidad.
    3. Sí, puede actuar como un vehículo prioritario si lleva conectada la luz de emergencia.
    Ver la respuesta

    a) No, debe respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones.

  4. ¿Cómo advierten de su presencia, en general, los vehículos prioritarios en servicio urgente?

    1. Solo con las luces de emergencia de color azul, sin necesidad de usar las señales acústicas.
    2. Usando a la vez la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales.
    3. Solo con el claxon.
    Ver la respuesta

    b) Usando a la vez la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales.

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