Circula con un turismo que arrastra un remolque de 600 kg de MMA. Además de la documentación del turismo, ¿qué debe llevar?
Pregunta tipo test del examen teórico del permiso B · Tema 12: Documentación, ITV y seguro
- a)Un permiso de circulación propio del remolque
- b)La tarjeta de inspección técnica del remolque; en la del turismo debe figurar que lleva un enganche compatible ✔
- c)Nada más: el remolque ligero no tiene documentación
Respuesta correcta: b) La tarjeta de inspección técnica del remolque; en la del turismo debe figurar que lleva un enganche compatible.
Explicación
En conjuntos con remolques de hasta 750 kg hay que llevar la tarjeta de inspección técnica del remolque, y en el reverso de la del automóvil debe constar que lleva un sistema de acoplamiento compatible.
Lo que dice la norma
Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), Artículo 26. Documentación de los vehículos:
1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:
[…]
c) En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.
Fuente: Reglamento General de Vehículos, art. 26.1.c) (BOE). Redacción vigente desde el 26 de julio de 1999. Texto consolidado del BOE consultado el 22/10/2026.
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