👥 Tema 4: Pasajeros, carga y remolque en la moto
Permisos A1 y A2 (moto): prueba teórica específica de la DGT · Bloque II
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Quién puede ir de pasajero y cómo, la carga en vehículos de dos ruedas, el remolque de una moto y el sidecar. Normativa: RGC, arts. 12, 14 y 15; Ley de Tráfico, art. 13.
Resumen
En una moto puede ir un pasajero si así consta en su permiso de circulación. Debe tener más de 12 años y llevar casco homologado. Excepcionalmente, desde los 7 años si conduce su padre, madre o tutor o un adulto autorizado por ellos.
El pasajero va a horcajadas, con los pies en los reposapiés y en el asiento de detrás del conductor. Nunca entre el conductor y el manillar. El conductor cuida de que mantenga la postura adecuada.
Llevar como pasajero a un menor de 12 años fuera de esas excepciones es infracción grave, también en motos con sidecar.
La moto puede arrastrar un remolque que no supere el 50 % de su masa en vacío, solo de día y con buena visibilidad, con su velocidad máxima reducida un 10 % (108 km/h en autopista, 81 km/h en convencional) y sin personas en el remolque.
La carga no puede sobresalir por delante; por detrás, como máximo 0,25 m, y por los lados, 0,50 m a cada lado del eje. Lo que sobresale se protege. No puede tapar las luces ni la matrícula ni comprometer la estabilidad.
Un pasajero o mucha carga cambian la moto: frena distinto, las luces pueden quedar altas y deslumbrar, y el exceso de peso castiga neumáticos y frenos.
Claves para el examen
- Pasajero: más de 12 años; desde 7 con padre, madre, tutor o adulto autorizado.
- A horcajadas, pies en los reposapiés, detrás del conductor; nunca delante.
- Remolque: hasta el 50 % de la masa en vacío, de día, velocidad -10 %.
- Carga: nada por delante, 0,25 m por detrás, 0,50 m a cada lado.
💡 Truco
Los números de la carga van a pares: 0,25 por detrás y 0,50 por los lados (y 50 % de masa para el remolque).
📚 Normativa del tema
- Reglamento General de Circulación, RD 1428/2003 (BOE-A-2003-23514)
- Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, RDL 6/2015 (BOE-A-2015-11722)
- Reglamento General de Vehículos, RD 2822/1998 (BOE-A-1999-1826)
- DGT, Manual del Permiso B en Lectura Fácil (ed. 2025-06)
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