🔁 Cómo recuperar los puntos del carné y el permiso perdido
🏛️ Texto oficial de la DGT · 3 de abril de 2025
Las tres formas de recuperar puntos, qué pasa si llegas a cero, cuánto hay que esperar para volver a conducir y con cuántos puntos empiezas de nuevo.
🗣️ Lo que explica la DGT
Desde noviembre de 2024, los cursos de sensibilización para recuperar puntos o el permiso de conducir cambian en sus contenidos y duración.
Entre las novedades, se incluye la intervención de una víctima de un siniestro vial en la parte común y se aumenta el tiempo destinado a las dinámicas de grupo, donde los alumnos interiorizan mejor los mensajes.
También se crean nuevos perfiles infractores -distracciones, conductas imprudentes en moto, velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes y penal- que se asignan a los alumnos en función de las infracciones cometidas y por las que han perdido los puntos.
La duración de los dos tipos de cursos será la siguiente:
• Los cursos parciales tendrán una duración mínima de 10 horas, 7 horas en la parte común y 3 horas en la específica. Permitirán recuperar 4 puntos.
• Los cursos de recuperación del permiso , obligatorios para conductores que hayan perdido todos los puntos o que hayan sido privados del derecho a conducir por sentencia judicial, durarán al menos 20 horas, 16 en la parte común, 4 en la específica. Además, deberá superarse un examen teórico sobre el curso realizado.
Puede encontrar más información sobre recuperación de puntos y localizar uno de los más de 900 centros autorizados para impartirlos en la web de la DGT.
Y recuerde:
• Para realizar cualquier trámite presencial en las Jefaturas de Tráfico es necesario solicitar cita previa online o por teléfono (060).
Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT), 3 de abril de 2025, sección «Trámites». Texto: Carlos NICOLÁS FRAILE. Texto reproducido tal cual, sin sus imágenes (la revista autoriza reproducir sus textos citando la fuente). Esta web no es la DGT ni tiene relación con ella.
📖 Qué dice hoy la norma
Hay tres formas de recuperar puntos y conviene no mezclarlas. La primera es automática: si pasas dos años sin ser sancionado en firme por una infracción que quite puntos, vuelves a tener los 12 iniciales (art. 65.1 de la Ley de Tráfico). Da igual que las infracciones fueran graves o muy graves: desde marzo de 2022 el plazo es el mismo, dos años.
La segunda es el curso parcial de sensibilización y reeducación vial, que puedes hacer una vez cada dos años (cada año si eres conductor profesional). La ley permite recuperar con él hasta seis puntos (art. 65.4), y el curso actual, según la DGT, devuelve cuatro. La tercera es el curso de conducción segura y eficiente, que suma dos puntos si tienes saldo positivo (art. 63.5).
Si llegas a cero, Tráfico declara la pérdida de vigencia del permiso y no puedes conducir ningún vehículo que lo exija. Para volver tienes que esperar seis meses (tres si eres profesional), hacer el curso de recuperación del permiso y aprobar después las pruebas (art. 71). Si vuelve a pasarte en los tres años siguientes, la espera es de doce meses (seis para profesionales). El permiso recuperado empieza con 8 puntos y pasa a 12 tras dos años sin sanciones (arts. 63.2 y 65.2).
Para el examen teórico, ten presentes dos datos más. En un solo día no puedes perder más de 8 puntos por acumulación de infracciones, salvo que alguna sea de las muy graves que cita el artículo 64.4, como conducir con alcohol o drogas, la conducción temeraria o circular en sentido contrario. Y si conservas todos los puntos sin sanciones, ganas 2 puntos a los tres años y 1 más a los tres siguientes, hasta un máximo de 15 (art. 63.4).
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 65. Recuperación de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. Transcurridos dos años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, el titular de un permiso o licencia de conducción afectado por la pérdida parcial de puntos recuperará la totalidad del crédito inicial de doce puntos.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 64. Pérdida de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en los anexos II y IV.
2. Cuando la Administración notifique la resolución por la que se sancione una infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos, indicará expresamente cuál es el número de puntos que se restan y la forma expresa de conocer su saldo de puntos.
3. La pérdida parcial o total, así como la recuperación de los puntos asignados, afectará al permiso o licencia de conducción cualquiera que sea su clase.
4. Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.
5. Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves que se relacionan en los anexos II y IV, los puntos que corresponda descontar del crédito que posea en su permiso de conducción quedarán descontados de forma automática en el momento en que se proceda a la anotación de la citada infracción en el registro de conductores e infractores del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico quedando constancia en dicho registro del crédito total de puntos de que disponga el titular de la autorización. Transcurrido un año desde la firmeza de la sanción sin que la infracción de la que trae causa haya sido anotada, no procederá la detracción de puntos.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 71. Pérdida de vigencia por pérdida del crédito de puntos y obtención de un nuevo permiso o licencia de conducción. (vigente desde el 31 de enero de 2016)
1. El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico declarará la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción cuando su titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados, como consecuencia de la aplicación del baremo recogido en los anexos II y IV. Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción.
En este caso, su titular no podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia de conducción hasta transcurridos seis meses desde la notificación del acuerdo. Este plazo se reducirá a tres meses en el caso de conductores profesionales.
Si durante los tres años siguientes a la obtención del nuevo permiso o licencia de conducción fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos doce meses desde la notificación del acuerdo. Este plazo se reducirá a seis meses en el caso de conductores profesionales.
2. El titular de un permiso o licencia de conducción cuya pérdida de vigencia haya sido declarada como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, transcurridos los plazos señalados en el apartado anterior, previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial y posterior superación de las pruebas que reglamentariamente se determinen.
3. Los cursos de sensibilización y reeducación vial tendrán la duración, el contenido y los requisitos que se determinen por el Ministro del Interior.
La duración de los cursos de sensibilización y reeducación vial será como máximo de 30 horas, cuando se pretenda obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 63. Asignación de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. Al titular de un permiso o licencia de conducción se le asignará un crédito inicial de doce puntos.
2. Excepcionalmente se asignará un crédito inicial de ocho puntos en los siguientes casos:
a) Titular de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a tres años, salvo que ya fuera titular de otro permiso de conducción con aquella antigüedad.
b) Titular de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, ha obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción.
3. El crédito de puntos es único para todas las autorizaciones administrativas de las que sea titular el conductor.
4. Quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación dos puntos durante los tres primeros años y un punto por los tres siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un máximo de quince puntos en lugar de los doce iniciales.
5. La superación de cursos de conducción segura y eficiente a los que se hace referencia en el anexo VIII, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo, compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince puntos y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años.
🎯 Claves para el examen
- Dos años sin sanciones con pérdida de puntos: vuelves a 12, sea cual sea la infracción.
- Curso parcial: una vez cada dos años; devuelve 4 puntos (la ley permite hasta 6).
- Con saldo cero: 6 meses de espera, curso de recuperación y examen; empiezas con 8 puntos.
- Máximo de 8 puntos perdidos en un día, salvo ciertas infracciones muy graves.
- Sin sanciones puedes llegar a 15 puntos.
✍️ Practica
Preguntas como las del examen teórico, con la respuesta al pulsar:
¿Cada cuánto tiempo puede un conductor no profesional hacer un curso de recuperación parcial de puntos?
- Una vez cada tres años desde el último curso
- Una sola vez cada dos años
- Una vez al año
Ver la respuesta
b) Una sola vez cada dos años
¿Qué aporta superar un curso de conducción segura y eficiente a un conductor con saldo positivo de puntos?
- Dos puntos adicionales, hasta un máximo de 15
- Seis puntos adicionales, sin límite máximo de saldo
- Recuperar todos los puntos perdidos
Ver la respuesta
a) Dos puntos adicionales, hasta un máximo de 15
¿Con qué frecuencia máxima se puede hacer un curso de conducción segura y eficiente para obtener puntos?
- Un curso de cada tipo cada dos años
- Una sola vez en toda la vida del permiso de conducir
- Uno al año
Ver la respuesta
a) Un curso de cada tipo cada dos años
Ha perdido algunos puntos. ¿Cuánto tiempo sin ser sancionado necesita para recuperar los 12 puntos iniciales?
- Un año
- Dos años
- Tres años
Ver la respuesta
b) Dos años
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