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⚠️ Avería, atasco, niebla o pinchazo: cómo actuar en un imprevisto

🏛️ Texto oficial de la DGT · 5 de octubre de 2023

Qué hacer ante un coche parado en la vía, una avería, un atasco repentino, la niebla o un pinchazo, según el Reglamento General de Circulación.

🗣️ Lo que explica la DGT

En la carretera, con frecuencia vivimos imprevistos que interrumpen la normalidad en la circulación y nos exigen reacciones precisas e inmediatas para esquivar el peligro. Retenciones repentinas, accidentes en la calzada, averías, lluvia intensa… estas son algunas de esas situaciones de riesgo que pueden sorprendernos al volante:

1. Peligro de atropello

Cuando hay vehículos inmovilizados en la vía, el riesgo de atropello puede ser enorme: desde 2018, 95 ocupantes de vehículos y 27 profesionales (bomberos, policía, operarios de grúa y de conservación de carreteras) han sido atropellados mortalmente en nuestras carreteras.

“Un vehículo inmovilizado en la vía debe ser siempre motivo para estar alerta y tomar precauciones para el conductor que lo encuentra. En estas circunstancias, existe un riesgo real de atropello. Además, las distracciones al volante son letales en estas circunstancias, una mínima invasión del arcén puede desencadenar la tragedia” , explica Juan Ignacio Serena, jefe de sección del Área de Formación de Conductores de la DGT.

En situaciones como esta, la distancia lateral de separación segura es fundamental para rebasar a un vehículo averiado en el arcén o -más aún- en la calzada. Una vez más, la anticipación es la clave: “Nada más ver el obstáculo en la vía, observaremos por el retrovisor y nos desplazaremos al carril contiguo”, aconseja el experto. Pero puede ser que esté ocupado y no sea posible cambiar de carril:

“En ese caso, reduciremos la velocidad adaptándola al espacio disponible, de modo que a menor espacio más baja debe ser nuestra velocidad. Y mantendremos la separación lateral, para pasar junto al vehículo inmovilizado a una distancia segura” , explica.

Y por supuesto, si hay agentes en la vía, esté atento a posibles indicaciones.

2. Sin visibilidad

Con lluvia o niebla, la visibilidad en la vía puede reducirse drásticamente. En situaciones así, disminuir la velocidad y aumentar la distancia de seguridad con el resto de usuarios son las dos precauciones fundamentales para circular con seguridad. Recuerde además que deberá encender las luces de cruce. Y si las condiciones son especialmente desfavorables, también las antiniebla traseras. “Si la niebla o la lluvia le impiden ver la carretera, guíese por las marcas viales para mantener el vehículo dentro de su carril. Y si no es posible seguir circulan, abandone la vía en cuanto pueda hacerlo y deténgase en un lugar donde pueda aguardar sin riesgo para nadie a que la situación mejore”, apuntan desde Formación de Conductores.

3. Imposible seguir

¿Qué hacer cuando la avería mecánica impide seguir circulando? Ante todo, mantener la calma y salir de la vía al primer lugar seguro disponible para detener y comprobar el daño en su vehículo. Y si no le da para llegar a una estación de servicio o un área de descanso, detenga el vehículo a la derecha en el arcén, ocupando la parte imprescindible de la calzada si fuera necesario.

Encienda las luces de emergencia y coloque la señal V-16 (luz amarilla giratoria) sobre el techo (si la tiene) o los triángulos de preseñalización de peligro (aunque estos ya no son obligatorios en autovías y autopistas). Abandone el vehículo con el chaleco puesto por el lado contrario a la calzada y espere a la grúa fuera de la vía en lugar seguro, tanto usted como sus acompañantes.

“Puede ser que, en el tramo de vía donde hemos inmovilizado el vehículo, no sea posible abandonarlo sin riesgo o no haya un lugar seguro donde refugiarse. En este caso, deberemos permanecer dentro, con los cinturones abrochados, hasta que lleguen las asistencias ”, indica Serena.

4. De repente atasco

Uno de los mayores peligros del tráfico denso en un tramo de carretera es el de los parones repentinos. La circulación es intermitente, la conducción se vuelve más exigente y un mínimo error puede marcar la diferencia. Las colisiones por alcances en las carreteras causaron 113 fallecidos y 361 heridos graves en 2022.

¿Qué debemos hacer cuando nos topamos con estas retenciones repentinas? En circunstancias de vía muy saturada es fundamental conducir con la máxima atención, con una separación frontal adecuada -de dos segundos- respecto al vehículo de delante (podemos calcularla contando ‘1001, 1002’ cuando este pase por un punto fijo).

En el momento en que prevemos un parón –cuando vemos encenderse luces rojas delante-, disminuiremos inmediatamente la velocidad, manteniendo la distancia y observando hacia atrás por los retrovisores para vigilar el riesgo de un posible alcance:

“El mejor comportamiento es pisar repetidamente el pedal de freno para advertir con nuestras luces a los conductores que vienen por detrás del riesgo de una colisión en cadena”, explica Serena. En el caso de que sea necesario detenerse, la distancia segura respecto al vehículo de delante es aquella que permita ver sus ruedas traseras. “Y aunque no nos movamos, es importante mantener la concentración. Cualquier otra distracción durante estos parones puede tener consecuencias no deseadas” , recalca el especialista. Y recuerde, cuando la marcha se reanude, moderar la velocidad y aumentar la distancia de separación frontal pues, más adelante, puede haber nuevas retenciones.

5. Pérdida de presión

Quizás ya le haya ocurrido antes al volante: la dirección pasa a tener un tacto extraño, como esponjoso, incluso el rumor de la rodadura del neumático ha pasado a ser más áspero.

Son las señales de un posible pinchazo y de la pérdida progresiva de presión de aire. ¿Qué hacer en este caso? Ante todo, tenga presente que un imprevisto mecánico puede convertir su vehículo en un riesgo para usted, para sus ocupantes y para el resto de los usuarios de la vía. Pero ello, debe pensar en abandonar la vía lo antes posible y en un lugar seguro, comprobar si efectivamente hay una pérdida de aire y cambiar la rueda afectada o pedir asistencia.

“Al detectar un pinchazo -los reventones en los neumáticos actuales son infrecuentes- es preciso levantar el pie del acelerador y sujetar el volante con firmeza y nunca moverlo bruscamente para mantener la trayectoria dentro del carril. Además, para evitar la pérdida de control del vehículo con una rueda desinflada, nunca pisaremos el pedal de freno con firmeza ”, subraya Serena.

Un caso especial

Accidente en la calzada: ¿Qué hacer?

Conducimos por un tramo de carretera donde un accidente de dos turismos en la calzada obstaculiza la circulación.

“Lo primero cuando encontramos un siniestro es reducir la velocidad para evitar el riesgo de colisión con los vehículos accidentados, dentro de ellos puede haber personas heridas. Además, observaremos hacia atrás por los retrovisores, por si se aproximan otros vehículos” , afirman desde el Área de Formación de Conductores.

Cuando todavía no hay asistencias sanitarias, cada minuto es vital. En este tipo de emergencias, la conducta PAS es la indicada: proteger el escenario, avisar a Emergencias y socorrer a los heridos (si tenemos los conocimientos necesarios). Aunque siempre sin provocar más riesgos de los que ya hay:

“Cada situación es particular pero debemos estar seguros de que nuestra actuación no constituye un nuevo peligro o agrava el existente. Desgraciadamente hay muchos atropellos a personas que intentan ayudar” , advierten los especialistas.

En cambio, si los servicios de Emergencias y los agentes de tráfico ya están en el lugar, evitaremos ralentizar nuestra velocidad para observar qué ha ocurrido: el llamado ‘efecto mirón’ es una conducta peligrosa habitual que provoca riesgo de colisiones y atropellos (ver el caso 1 en este reportaje). Y, por descontado, ralentiza la circulación y causa retenciones.

Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT), 5 de octubre de 2023, sección «Conducir mejor». Texto: Carlos NICOLÁS FRAILE. Texto reproducido tal cual, sin sus imágenes (la revista autoriza reproducir sus textos citando la fuente). Esta web no es la DGT ni tiene relación con ella.

⚠️ Ojo: la norma ha cambiado después de este texto de la DGT

El texto de la revista es de 5 de octubre de 2023. Después, estos artículos cambiaron de redacción; lo que vale hoy es la versión de abajo:

⚠️ Ojo

El texto es de octubre de 2023 y presenta los triángulos como alternativa a la V-16. Eso ya no vale: desde el 1 de enero de 2026 el único dispositivo de preseñalización de peligro válido es la luz V-16 conectada (disposición transitoria primera del Real Decreto 159/2021); los triángulos y las V-16 sin conexión dejaron de servir en esa fecha.

📖 Qué dice hoy la norma

Casi todo lo que explica la revista tiene una norma detrás. Al acercarte fuera de poblado a un vehículo inmovilizado en la calzada o a una grúa trabajando, el artículo 46.1.f del Reglamento General de Circulación te obliga a moderar la velocidad y, si hace falta, a detenerte. La separación lateral que recomienda el experto no es un detalle: un pequeño despiste que te lleve al arcén puede acabar en atropello.

Si la avería es tuya, el orden lo marca el artículo 130. Si el coche puede seguir, sal de los carriles por el arcén derecho hacia la primera salida; si no, detente en el arcén derecho o donde menos estorbes. Enciende la luz de emergencia y coloca la V-16 conectada. Los ocupantes salen por el lado contrario al tráfico y esperan en un lugar seguro fuera de la vía; si no lo hay, se quedan dentro con el cinturón abrochado. Si al salir pisas la calzada o el arcén de una vía interurbana, ponte antes el chaleco reflectante (art. 118.4). Y el parte amistoso nunca se rellena en la calzada ni en el arcén (art. 130.5).

Con niebla, lluvia intensa o nevada es obligatorio llevar el alumbrado encendido aunque sea de día: luz de cruce, de carretera o antiniebla delantera (art. 106). La antiniebla trasera solo se enciende cuando las condiciones son especialmente desfavorables, como niebla espesa o lluvia muy intensa; con una niebla ligera deslumbra al que va detrás.

En el examen suelen aparecer tres trampas: que los triángulos siguen valiendo (ya no), que los ocupantes deben quedarse siempre dentro del coche (solo si fuera no hay un lugar seguro) y que ante un pinchazo hay que frenar fuerte (al revés: suelta el acelerador, sujeta firme el volante y frena con suavidad). Ante un accidente, aplica la conducta PAS: proteger, avisar al 112 y socorrer sin crear un peligro nuevo.

Reglamento General de Circulación: Artículo 130. Inmovilización del vehículo y caída de la carga. (vigente desde el 1 de julio de 2021)

1. Si por causa de accidente o avería el vehículo o su carga obstaculizasen la calzada, los conductores, tras señalizar convenientemente el vehículo o el obstáculo creado, adoptarán las medidas necesarias para que sea retirado en el menor tiempo posible, deberán sacarlo de la calzada y situarlo cumpliendo las normas de estacionamiento siempre que sea factible (artículo 51.2 del texto refundido).

2. Los vehículos que habiendo sufrido un accidente o avería puedan continuar su marcha, lo harán de forma inmediata, asegurándose de circular con seguridad. Si precisaran de un servicio de auxilio, deberán abandonar lo antes posible los carriles de circulación y dirigirse hacia la primera salida disponible utilizando para ello el arcén derecho. Si ello no fuera posible, deberán detenerse en el arcén derecho de la vía o en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación.

3. En el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, los ocupantes deberán abandonar el vehículo, siempre que exista un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y, en todo caso, deberán salir del vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico sin transitar o permanecer en los carriles y arcenes que conforman dicha plataforma. Si las condiciones de circulación no permitieran a los ocupantes abandonar el vehículo con seguridad, permanecerán en el habitáculo con el cinturón abrochado.

4. En los supuestos a los que se refieren los apartados anteriores, sin perjuicio de encender la luz de emergencia si el vehículo la lleva y, cuando proceda, las luces de posición y de gálibo, en tanto se deja expedita la vía, todo conductor deberá emplear el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario para advertir dicha circunstancia.

5. Se prohíbe a los usuarios de las vías cuyo vehículo haya sufrido un accidente cumplimentar el parte de accidente en la plataforma de circulación. Este proceso se llevará a cabo en un lugar seguro fuera de la vía.

Texto consolidado en el BOE

Reglamento General de Circulación: Artículo 46. Moderación de la velocidad. Casos. (vigente desde el 1 de julio de 2021)

1. Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes:

a) Cuando haya peatones en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse racionalmente su irrupción en ella, principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas.

b) Al aproximarse a ciclos circulando, así como en las intersecciones y en las proximidades de vías de uso exclusivo de ciclos y de los pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes de la circulación, así como al acercarse a mercados, centros docentes o a lugares en que sea previsible la presencia de niños.

c) Cuando haya animales en la parte de la vía que se esté utilizando o pueda preverse racionalmente su irrupción en ella.

d) En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía que se esté utilizando.

e) Al aproximarse a un autobús en situación de parada, principalmente si se trata de un autobús de transporte escolar.

f) Fuera de poblado al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada, a vehículos de auxilio prestando servicio y a ciclos que circulan por ella o por su arcén.

Texto consolidado en el BOE

Reglamento General de Circulación: Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad. (vigente desde el 1 de julio de 2025)

1. También será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga.

2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.

La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.

La luz antiniebla delantera solo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 144.

La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo.

3. El hecho de circular sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de la visibilidad tendrá la consideración de infracción grave, conforme se prevé en el artículo 76.e) del texto refundido.

Texto consolidado en el BOE

Real Decreto 159/2021 (servicios de auxilio en las vías): Disposición transitoria primera. Uso de la señal V-16 «Preseñalización de peligro», conforme al modelo previsto en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos antes de la entrada en vigor de este real decreto. (vigente desde el 22 de diciembre de 2022)

Hasta el 1 de enero de 2026 se podrán seguir utilizando como señal V-16, en los supuestos contemplados en el Reglamento General de Circulación, los dispositivos de preseñalización de peligro con las dimensiones, color, modo de colocación y características técnicas contempladas en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos, antes de la entrada en vigor de este real decreto.

Hasta el 1 de enero de 2026, también se podrán seguir utilizando como señal V-16, los dispositivos V-16 luminosos que cumplan con todas las características técnicas enumeradas en la sección V16 “Dispositivo de preseñalización de peligro”, del anexo XI “Señales en los vehículos” del Reglamento General de Vehículos, a excepción de los puntos 4, 5 y 6 siempre que aquellos hubieran sido certificados con anterioridad a la publicación de este real decreto.

Texto consolidado en el BOE

🎯 Claves para el examen

✍️ Practica

Preguntas como las del examen teórico, con la respuesta al pulsar:

  1. Además de la V-16, ¿qué luces debe encender si su vehículo queda inmovilizado en la calzada?

    1. Ninguna, para no deslumbrar
    2. La luz de emergencia, si el vehículo la lleva, y cuando proceda las de posición y gálibo
    3. Las luces de carretera
    Ver la respuesta

    b) La luz de emergencia, si el vehículo la lleva, y cuando proceda las de posición y gálibo

  2. Con el vehículo inmovilizado por avería en la calzada, además de la luz de emergencia, ¿qué debes usar?

    1. El claxon de forma continua para avisar a los vehículos que llegan
    2. Las luces largas
    3. El dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario
    Ver la respuesta

    c) El dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario

  3. Al activar la baliza V-16, ¿se avisa automáticamente a los servicios de emergencia?

    1. Sí, llama al 112
    2. No, hay que llamar al 112 o, si es una avería, pedir asistencia en carretera
    3. Sí, envía una ambulancia
    Ver la respuesta

    b) No, hay que llamar al 112 o, si es una avería, pedir asistencia en carretera

  4. ¿Qué indica el dispositivo luminoso V-16?

    1. Que el vehículo circula a menos de 40 km/h por sus características o por la carga que transporta.
    2. Que el vehículo es prioritario.
    3. Que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga ha caído sobre ella.
    Ver la respuesta

    c) Que el vehículo ha quedado inmovilizado en la calzada o que su carga ha caído sobre ella.

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