🎯 Así funciona el permiso por puntos
🏛️ Texto oficial de la DGT · 21 de junio de 2026
Cuántos puntos tienes, cómo llegas a 15, cuántos puedes perder en un día, qué infracciones restan y cómo se recuperan. Con la Ley de Tráfico vigente.
🗣️ Lo que explica la DGT
La implantación del permiso por puntos marcó el inicio de una nueva etapa en la política de seguridad vial de nuestro país, una que demostraría su eficacia en apenas un año de vida: comparando las cifras de siniestralidad de 2006 con las de 2007, murieron menos personas en la carretera. De hecho, en 40 años de registros nunca se había conseguido bajar las cifras de fallecidos en siniestros viales a menos de 3.000. “Transcurridas dos décadas desde la implantación del permiso por puntos, el balance permite afirmar que ha sido la herramienta más eficaz para contribuir a la reducción de la siniestralidad vial ”, asegura Montserrat Pérez, subdirectora general de Formación y Educación Vial de la Dirección General de Tráfico. El sistema puesto en marcha hace 20 años combina dos enfoques complementarios: por un lado, el educativo, que promueve que los conductores que no están haciendo bien las cosas realicen cursos de sensibilización y reeducación vial; y por otro, el punitivo, que descuenta puntos del saldo del conductor por cada infracción grave o muy grave que cometa. Pero ¿cómo funciona esta sinergia?
15 puntos máximo Desde que nació el permiso por puntos el grado de experiencia al volante del conductor ha determinado el “crédito” que recibe. Así, aquellos que poseen más de tres años de antigüedad de carné tienen un saldo total de 12 puntos. En cambio, los conductores noveles o los que han recuperado el permiso tras haberlo perdido, sólo cuentan con 8. La buena noticia es que tanto unos como otros, si hacen las cosas de la forma adecuada, pueden alcanzar el máximo de puntos posible: 15. El modelo está orientado a promover una conducción más responsable mediante un sistema acumulativo de puntos. A diferencia de los sistemas tradicionales, basados en sanciones económicas, este incorpora una lógica progresiva que vincula cada infracción con consecuencias futuras. Ser consciente de que se pueden perder puntos ejerce un efecto disuasorio y evita infracciones. Pero además, en este modelo se han incorporado incentivos: los buenos conductores también ven premiada su conducta aumentando su saldo. El recorrido a seguir para lograr el máximo de puntos posible es el siguiente: aquellos conductores que tienen 12 puntos, si no cometen infracciones durante los siguientes 3 años, verán su saldo aumentado a 14, y si transcurren otros tres años sin incidencias, llegarán a los codiciados 15 puntos. Por su parte, aquellos que inician su periplo en la posición inicial de 8 puntos, si conducen sin incidencias durante los dos años siguientes, lograrán llegar a los 12, y desde ese momento su proceso es igual al de los conductores más experimentados: pueden alcanzar los 15 puntos en los siguientes seis años.
De 2 a 6 Si para conseguir más puntos hay varias vías, para perderlos sólo existe una: cometer las infracciones que están tipificadas como graves o muy graves por la normativa [ver faldón adjunto]. Cada una de estas conductas imprudentes conlleva una sanción económica y una detracción de entre 2 y 6 puntos, dependiendo de su gravedad. A lo largo de las dos décadas de vigencia de este modelo las infracciones que han generado un mayor número de puntos detraidos han sido las relacionadas con el exceso de velocidad (más de 24 millones de puntos detraídos en el período de 2006 a 2024), el consumo de alcohol (más de 9 millones), no cumplir la normativa respecto al cinturón de seguridad y los SRI (por encima de los 6 millones puntos menos) y las transgresiones que tienen que ver con el móvil (más de 7 millones). En total, de 2006 a 2024, se han contabilizado más de 22 millones de sanciones que han supuesto la detracción de más de 72 millones de puntos. Todas estas sanciones firmes, una vez tramitadas, se almacenan en el Registro de Conductores e Infractores que gestiona la DGT, lo que permite un seguimiento exhaustivo del historial de cada conductor.
Volver a clase Para recuperar los puntos perdidos existen dos vías. La primera es no cometer ninguna infracción. La segunda es la formativa. La Orden ministerial INT/914/2024 regula la estructura, duración y contenido tanto de los cursos voluntarios destinados a la recuperación parcial de puntos a los que se presentan los conductores que han perdido alguno, pero aún tienen saldo; como los obligatorios, orientados a la recuperación total del permiso (cuando se ha declarado la pérdida de vigencia por perder todos los puntos). Entre las principales características de ambas formaciones hay que destacar la intervención obligatoria de las víctimas de siniestros viales, un contenido que ha demostrado motivar con eficacia un cambio de actitud en los conductores. El testimonio de alguien que ha sufrido en primera persona el horror de la siniestralidad vial ayuda a ser más conscientes de las consecuencias que puede tener cometer una imprudencia. La otra clave de esta formación se encuentra en los perfiles asignados a los conductores que recurren a ella. Hoy en día se clasifica a los conductores en diferentes perfiles para poder mostrarles contenidos específicos que necesitan reaprender. “Conductas imprudentes en moto”, “velocidad”, “alcohol y otras drogas”, “conductas imprudentes”, “distracciones” y “penal”, son los registros que determinan los contenidos específicos que se imparten en cada curso y que están orientados a cada grupo concreto de infractores. Gracias a esta adaptación se garantiza que la formación que recibe el conductor que ha perdido puntos se ajusta a su caso y le ayuda a solucionar sus lagunas de seguridad vial.
Los cursos de sensibilización y reeducación vial constituyen una pieza esencial dentro del sistema del permiso por puntos en España. Su finalidad es modificar conductas infractoras y generar conciencia sobre las consecuencias humanas, sociales y económicas de los siniestros de tráfico. Más allá de ser un requisito para recuperar puntos o el permiso de conducción, estos cursos se han convertido en una herramienta de reeducación vial orientada a modificar actitudes y fomentar una cultura de movilidad segura.
En positivo Hasta la fecha se han impartido 141.994 cursos de sensibilización y reeducación vial y los resultados hablan por sí solos. De las personas que los han hecho y aprobado el examen, el 88,4 % no ha vuelto a ser sancionado en los seis meses posteriores al curso y el 55,9 % no ha recibido una sanción en los 3 años siguientes. Estos datos muestran que más de la mitad de las personas que aprovechan al máximo esta formación no vuelven a reincidir en las conductas que les pusieron en peligro a ellos y al resto de los usuarios de la vía. Son conductores que han comprendido la verdadera lección de todo este sistema: que sumando puntos, sumamos vidas y ganamos todos.
20 infracciones que restan puntos
• Conducir bajo los efectos del alcohol: de 4 a 6 puntos. • Conducir con presencia de drogas en el organismo: 6 puntos. • Negarse a realizar pruebas de alcohol o drogas: 6 puntos. • Conducción temeraria, en sentido contrario o participar en competiciones ilegales: 6 puntos. • Circular con exceso de velocidad: de 2 a 6 puntos. • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no habilite para ello: 4 puntos • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan provocar incendios o accidentes: 6 puntos. • Incumplir la prioridad de paso, la señal de stop y saltarse el semáforo en rojo: 4 puntos . • Exceder en más del 50 % los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso: 6 puntos. • Adelantar poniendo en peligro a quienes ciculan en sentido contrario o hacerlo con visibilidad reducida: 4 puntos. • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a un ciclista o sin dejar un 1,5 m de separación: 6 puntos. • Hacer un cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la Ley: 3 puntos. • Circular/realizar una maniobra marcha atrás en autovía/autopista: 4 puntos. • No respetar las señales e indicaciones de los agentes de tráfico: 4 puntos. • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede: 4 puntos. • Conducir usando el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo: 3 puntos. • Usar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce: 6 puntos. • Conducir vehículos que lleven mecanismos de deteccicón de radares o cinemómetros: 3 puntos. • Conducir sin llevar el cinturón de seguridad, el casco u otros dispositivos de seguridad: 4 puntos. • Conducir con la autorización administrativa suspendida o teniendo prohibido usar ese vehículo: 4 puntos.
Para buenos conductores
El sistema del permiso por puntos también permite que aquellos que no han perdido jamás ninguno (y no quieren esperar seis años para llegar al máximo de 15 puntos) pueden ganar 2 adicionales realizando un curso voluntario de conducción segura y eficiente. El objetivo de esta formación es instruir a los conductores en distintas técnicas orientadas a evitar accidentes y reducir el consumo de combustible. Esta formación les prepara para solventar situaciones de peligro y evitar conductas de riesgo. Su duración mínima es de 6 horas lectivas efectivas, que incluyen una parte teórica y otra práctica, que debe ser siempre presencial. Además, se establecen dos programas específicos: uno para turismos y otro para motocicletas y ciclomotores. En los destinados a motoristas, se imparte también una formación diferenciada según el tipo de vía donde tienen lugar, que puede ser en zona urbana o en carretera convencional.
Todos los puntos en un día
En principio no se pueden perder más de 8 puntos en un mismo día, pero existen excepciones. Las siguientes conductas pueden hacer que todo el saldo de puntos desaparezca de un plumazo. • Conducir con tasas de alcohol no permitidas o presencia de drogas en el organismo. • Negarse a hacer las pruebas de alcohol y drogas. • Sobrepasar en más del 50 % la velocidad autorizada. • Realizar una conducción manifiestamente temeraria. • Conducir un vehículo con inhibidores de radares instalados. • Circular en sentido contrario al establecido. • Realizar carreras no autorizadas. • Si se incumple en más del 50 % los tiempos de conducción y descanso obligatorios en caso de ser un conductor profesional.
Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT), 21 de junio de 2026, sección «Reportajes», n.º 278. Texto: REDACCIÓN. Texto reproducido tal cual, sin sus imágenes (la revista autoriza reproducir sus textos citando la fuente). Esta web no es la DGT ni tiene relación con ella.
📖 Qué dice hoy la norma
Lo que cuenta la revista coincide con la Ley de Tráfico y Seguridad Vial vigente. Estos son los artículos y los matices que más se preguntan:
Saldo inicial (art. 63): 12 puntos. Se empieza con 8 si el permiso tiene tres años o menos de antigüedad, salvo que ya tuvieras otro con esa antigüedad, y también si vuelves a obtenerlo tras perder todos los puntos. Si mantienes la totalidad de los puntos sin sanciones firmes, sumas 2 en los tres primeros años y 1 en los tres siguientes, hasta un máximo de 15.
Curso de conducción segura y eficiente (art. 63.5 y anexo VIII): da 2 puntos más, con un máximo de 15. La revista dice que es para quien no ha perdido nunca ninguno, pero la ley pide algo distinto: tener saldo positivo y no superar los 15. Se puede hacer como máximo un curso de cada tipo cada dos años y dura al menos seis horas, con parte teórica y práctica.
Pérdida (art. 64): solo restan puntos las sanciones firmes por infracciones graves o muy graves que estén en el anexo II o, para la velocidad, en el anexo IV. En un mismo día no se pierden más de 8 puntos, salvo que concurra alguna de las muy graves del artículo 77 que enumera la ley: velocidad muy grave, alcohol o drogas, negarse a las pruebas, conducción temeraria, sentido contrario, carreras no autorizadas, inhibidores de radar o exceder en más del 50 % los tiempos de conducción o descanso. Los puntos se descuentan cuando la sanción firme se anota en el registro; si pasa un año desde la firmeza sin anotarla, ya no se restan.
Recuperación (art. 65): dos años sin sanciones firmes que quiten puntos devuelven el saldo de 12. También puedes recuperar hasta 6 puntos con un curso de sensibilización y reeducación vial de hasta 15 horas, una vez cada dos años (cada año, si eres conductor profesional). Quien empezó con 8 pasa a 12 tras dos años sin sanciones.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 63. Asignación de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. Al titular de un permiso o licencia de conducción se le asignará un crédito inicial de doce puntos.
2. Excepcionalmente se asignará un crédito inicial de ocho puntos en los siguientes casos:
a) Titular de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a tres años, salvo que ya fuera titular de otro permiso de conducción con aquella antigüedad.
b) Titular de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, ha obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción.
3. El crédito de puntos es único para todas las autorizaciones administrativas de las que sea titular el conductor.
4. Quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones, recibirán como bonificación dos puntos durante los tres primeros años y un punto por los tres siguientes, pudiendo llegar a acumular hasta un máximo de quince puntos en lugar de los doce iniciales.
5. La superación de cursos de conducción segura y eficiente a los que se hace referencia en el anexo VIII, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo, compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince puntos y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 64. Pérdida de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en los anexos II y IV.
2. Cuando la Administración notifique la resolución por la que se sancione una infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos, indicará expresamente cuál es el número de puntos que se restan y la forma expresa de conocer su saldo de puntos.
3. La pérdida parcial o total, así como la recuperación de los puntos asignados, afectará al permiso o licencia de conducción cualquiera que sea su clase.
4. Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.
5. Cuando un conductor sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves que se relacionan en los anexos II y IV, los puntos que corresponda descontar del crédito que posea en su permiso de conducción quedarán descontados de forma automática en el momento en que se proceda a la anotación de la citada infracción en el registro de conductores e infractores del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico quedando constancia en dicho registro del crédito total de puntos de que disponga el titular de la autorización. Transcurrido un año desde la firmeza de la sanción sin que la infracción de la que trae causa haya sido anotada, no procederá la detracción de puntos.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: Artículo 65. Recuperación de puntos. (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
1. Transcurridos dos años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, el titular de un permiso o licencia de conducción afectado por la pérdida parcial de puntos recuperará la totalidad del crédito inicial de doce puntos.
Ley de Tráfico y Seguridad Vial: ANEXO II (vigente desde el 21 de marzo de 2022)
Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos
El titular de un permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones que a continuación se relacionan, perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señala a continuación:
| Puntos
1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: |
Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l). | 6
Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l). | 4
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. | 6
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. | 6
4. Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en carreras o competiciones no autorizadas. | 6
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. | 6
6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. | 6
7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del tacógrafo o del limitador de velocidad. | 6
8. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. | 6
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. | 6
10. Incumplir las disposiciones legales sobre preferencia de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida. | 4
11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. | 4
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros. | 6
13. No respetar las señales o las órdenes de la autoridad encargada de la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico, o de sus agentes. | 4
14. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. | 4
15. No hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. | 4
16. Conducir un vehículo con un permiso o licencia de conducción que no le habilite para ello. | 4
17. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. | 4
18. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. | 4
19. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente. | 3
20. Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en el ordinal 8. | 3
21. Conducir vehículos que lleven mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3
La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.
🎯 Claves para el examen
- 12 puntos de partida; 8 para permisos de hasta tres años de antigüedad; máximo 15.
- Máximo 8 puntos perdidos en un día, salvo infracciones muy graves como alcohol, drogas o conducción temeraria.
- Curso voluntario de reeducación: hasta 6 puntos, una vez cada dos años.
- Curso de conducción segura y eficiente: 2 puntos más si tienes saldo positivo, sin pasar de 15.
- Móvil en la mano y adelantar a un ciclista sin dejar 1,5 metros: 6 puntos cada una.
✍️ Practica
Preguntas como las del examen teórico, con la respuesta al pulsar:
¿Qué aporta superar un curso de conducción segura y eficiente a un conductor con saldo positivo de puntos?
- Dos puntos adicionales, hasta un máximo de 15
- Seis puntos adicionales, sin límite máximo de saldo
- Recuperar todos los puntos perdidos
Ver la respuesta
a) Dos puntos adicionales, hasta un máximo de 15
¿Cuántos puntos puede recuperar como máximo con un curso de sensibilización y reeducación vial, si ha perdido parte de su crédito?
- Hasta 6 puntos
- Todos los puntos perdidos
- Hasta 2 puntos
Ver la respuesta
a) Hasta 6 puntos
Ha perdido todos los puntos y se le ha notificado la pérdida de vigencia del permiso. ¿Cuándo podrá obtener uno nuevo, si no es conductor profesional?
- Transcurridos tres meses desde la notificación
- Transcurridos seis meses desde la notificación
- Inmediatamente, tras superar un curso de reeducación vial
Ver la respuesta
b) Transcurridos seis meses desde la notificación
Un conductor con permiso B comete una infracción yendo en bicicleta. ¿Pierde puntos de su permiso?
- Sí, pero solo la mitad
- No, la pérdida de puntos solo se produce al conducir un vehículo para el que se exige permiso
- Sí, los mismos que con el coche, porque el saldo de puntos va ligado a la persona y no al vehículo
Ver la respuesta
b) No, la pérdida de puntos solo se produce al conducir un vehículo para el que se exige permiso
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