🤝 Decálogo del conductor cívico: actitud y normas al volante
🏛️ Texto oficial de la DGT · 17 de diciembre de 2024
Las diez actitudes del conductor cívico según la DGT y las normas que hay detrás: atención, móvil, alcohol, adelantar a ciclistas y conducción temeraria.
🗣️ Lo que explica la DGT
La palabra civismo procede del latín civis (ciudadano) y se asocia en nuestros días al conjunto de valores que permiten a las personas compartir un espacio común respetando las normas de convivencia. En el tráfico, las reglas están escritas, pero la actitud es, muchas veces, tan importante como las leyes. Una cosa está clara, si cumples este decálogo, estarás apostando por tu seguridad y la del resto de usuarios.
1. Conoce y cumple las normas
Las carreteras españolas están llenas de personas que no cumplen las normas, como demuestra el número de denuncias tramitadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) al año (más de 5 millones en 2023). Ante esta realidad, nos preguntamos: ¿incumplimos por desconocimiento? Esta hipótesis tiene cierto respaldo si atendemos al estudio elaborado por el Instituto de Investigación en Tráfico y Seguridad Vial (INTRAS) en 2009, en el que reexaminó del permiso B a más de 2.000 conductores. El 96,5% suspendió, la mayoría con más de la mitad de las preguntas falladas. Más reciente (2024), es un informe de Línea Directa que asegura que casi la mitad de los conductores desconoce que ya no está permitido (desde marzo de 2022) sobrepasar en 20 km/h el límite de velocidad de la vía para realizar un adelantamiento en una carretera convencional. María Collado, psicóloga del tráfico y la seguridad vial, y educadora en cursos de recuperación de puntos, añade un matiz: “ Una cosa es conocer la norma y otra es entenderla. En muchos incumplimientos vemos un desconocimiento del para qué sirven algunas normas”. Por su parte, Patricia Pérez Fernández, psicóloga del Observatorio Nacional de la Seguridad Vial (ONSV) de la DGT, apunta a una desobediencia ‘consciente’: “Las normas se incumplen cuando se percibe que la medida no tiene una justificación adecuada o es desproporcionada ”.
Ya sea por desconocimiento o por desconfianza, infringir las normas de tráfico es una decisión que no sólo afecta al que lo hace. Como recuerda la psicóloga María Collado: “ Cumplir las normas es la única garantía de convivencia vial que tenemos. Si no lo hacemos, no podemos prever el comportamiento de los demás ni anticiparnos a situaciones de riesgo ”.
2. Está concentrado al 100% en la carretera
Si las distracciones siempre han sido relevantes en la siniestralidad, las nuevas tecnologías han terminado por auparlas como factor concurrente más representado en los accidentes mortales. En 2023, estuvieron presentes en el 30%.
Y lo peor es que es un enorme problema que sigue creciendo. En la última campaña especial de control y vigilancia de la DGT dedicada a las distracciones (octubre de 2024), el porcentaje de conductores denunciados aumentó un 10% frente al año anterior. Casi la mitad de las denuncias fue por conducir con el móvil en la mano.
Para Luis Montoro, catedrático de Seguridad Vial de la Universidad de València, hay tres grandes grupos de distracciones: “ Las que provienen del entorno del conductor, cada vez más complejo; las que proceden del sujeto, como el estrés, los problemas personales, familiares o sociales; y, en tercer lugar, las que proceden de las nuevas tecnologías, tanto las que equipan los vehículos (navegador, ADAS....) como, especialmente, el teléfono móvil, un disparador mortal de distracciones. La formación y el conocimiento de las causas y los riesgos son la mejor estrategia para prevenirlas ”.
3. Es respetuoso con todos los usuarios
La profusión de medios de transporte unipersonales y colectivos, privados y públicos, unido al funcionamiento de los algoritmos de las redes sociales, han impulsado una “guerra” de todos contra todos en el tráfico. Coches contra bicis, bicis contra coches, motos contra coches, peatones contra patinetes... A menudo se nos olvida un concepto básico para la seguridad: el respeto por los demás. “ Debemos entender que todos tenemos el mismo derecho a circular por las vías ”, advierte María Collado. Lo peligroso es cuando esa confrontación se traslada a la carretera, olvidando “ nuestra obligación de apreciar el derecho a la vida de los demás ”.
4. No conduce de forma agresiva
El estrés, la ansiedad, la vida acelerada ... Son constantes de nuestra sociedad. Y cuando nos ponemos al volante, todo eso puede convertirse en hostilidad. El informe "Influencia de la agresividad en los accidentes de tráfico", publicado en 2018 por la Fundación Línea Directa, en colaboración con el INTRAS, afirma que la agresividad multiplica por 10 el riesgo de tener un siniestro vial grave con víctimas, y por 30 el de sufrir un accidente con heridos graves.
Para la psicóloga del ONSV, Patricia Pérez, la conducción puede disparar determinadas emociones y desencadenar más agresividad: “ Puede empeorar esa situación emocional por elementos que pueden suponer una fuente de estrés, como los atascos o la dificultad para aparcar. El estrés enlentece tanto la percepción como la toma de decisiones y aumenta la probabilidad de sufrir una distracción o provocar una situación hostil ”.
La psicóloga del ONSV destaca la importancia de saber detectar esas situaciones que pueden condicionar nuestra conducción, y recomienda, para minimizarlas, “ tener una higiene de sueño positiva, un estilo de vida saludable y organizar las salidas con margen suficiente ”
5. Es empático con los demás
La empatía es la “ capacidad de identificarse con alguien y compartir sus sentimientos ”, según el diccionario. Pero, ¿por qué debemos ser empáticos en el tráfico? Para Patricia Pérez: “ Es uno de los aspectos más importantes, ya que las conductas antisociales generan siniestros viales ”. Ser empático es vital, sugiere María Collado: “ Compartimos la vía, pero también la vida y los riesgos. De nuestros actos van a derivar consecuencias físicas, económicas, familiares, legales... quizás irreversibles ”.
6. Tiene conciencia sostenible
La visión principal de la Estrategia de Seguridad Vial 2030 de la DGT es la de consolidar una cultura de la movilidad segura hacia el objetivo final de que ninguna persona resulte fallecida ni herida grave por siniestros viales en el año 2050. Esa estrategia se sustenta en varios principios, entre ellos el de la seguridad sostenible, entendida como el derecho de la ciudadanía a moverse en unas condiciones adecuadas y seguras, con el mínimo impacto ambiental posible.
7. Protege a los usuarios vulnerables
Según el balance de siniestralidad vial de 2023, el 53% de las víctimas mortales fueron usuarios de medios vulnerables, colectivos sobre los que la DGT -y otras entidades de la seguridad vial- lleva poniendo el foco durante años debido a la menor protección con que se enfrentan a las vicisitudes del tráfico. “ En las ciudades, por ejemplo, compartimos espacios con bicicletas o patinetes de reparto que llevan una velocidad reducida. Por mucha prisa que tengamos, hay que cuidarlos de forma especial, porque cualquier percance puede tener consecuencias graves para ellos ”, afirma Ignacio Lijarcio.
8. Practica la conducción preventiva
Más que un comportamiento cívico, es un ‘súper poder’. La conducción preventiva -o defensiva- nos protege a nosotros y, de paso, a los que están a nuestro alrededor. Como explica Juan Ignacio Serena, Coordinador Especialista de Formación de la DGT: “ Es una conducción basada en la observación, en centrar nuestra atención en todos los estímulos que resulten relevantes y que puedan afectar tanto a nuestra seguridad como a la del resto de usuarios de la vía ”.
La palabra clave es anticipación: “ Adelantarse a posibles incidentes, que, con mayor o menor probabilidad, puedan ocurrir, y estar preparado para tomar la decisión correcta que nos ayude a resolver la situación para evitar problemas ”.
La conducción preventiva requiere tener mirada corta y larga al mismo tiempo, concentración y capacidad para valorar diferentes escenarios a la vez. Serena nos pone un ejemplo paradigmático: “ Si en una rotonda con varios carriles circulamos por el situado más a la derecha, es fundamental controlar los vehículos que se aproximen desde nuestro flanco izquierdo. Es probable que alguno abandone la glorieta desde los carriles interiores sin señalizar, cortando nuestra trayectoria, por lo que debemos llevar máxima atención a nuestro espejo izquierdo, por su velocidad y trayectoria podemos intuir lo que pretenden hacer ”, concluye. .
9. Siempre intenta dar su mejor versión al volante
Si un día hemos dormido poco y mal, podemos rendir algo peor en el trabajo, olvidarnos de una cita en el dentista o faltar al gimnasio. Nada grave. Pero en la conducción, la falta de sueño puede costarnos caro. La somnolencia está presente en entre el 15 y el 30% de los siniestros viales, y en aproximadamente un 7% de los accidentes mortales. Eso, en un país en el que el 30% de la población sufre algún trastorno del sueño. En términos de capacidades al volante, el sueño o la fatiga significa que necesitamos mayor tiempo para reaccionar, tomamos peores decisiones, somos más agresivos y nos distraemos más. Mermas que podríamos evitar con alguna hora más de sueño.
Mención aparte merece el alcohol, segundo factor concurrente en siniestros viales mortales en España en 2023. Según los cálculos del INTRAS, desde 1950 a nuestros días, unas 100.000 personas habrían fallecido en nuestro país por culpa de la ingesta de alcohol en la conducción. El problema, dice Luis Montoro, es que “ el alcohol está muy presente en nuestro entorno social; y pensamientos como 'yo controlo, aunque me haya tomado unas cervezas '; o ‘ he conducido muchas veces después de beber y no ha pasado nada' son el preludio de una tragedia ". “ A esto se añade -puntualiza- un problema muy grave: es posible que en España tengamos unos cuatro millones de alcohólicos o bebedores excesivo-habituales. Estas personas son 'enfermos' a los que hay que poner en tratamiento ”.
10. Es consciente de sus limitaciones
Todos hemos escuchado a algún ‘valiente’ fardar sobre sus cualidades al volante para llegar de un lugar a otro en menos tiempo que el resto. Puede que la mayoría, ‘obligados’ por las prisas, hayamos pisado el acelerador más de lo permitido más de una vez, creyendo que nada puede sucedernos. Ese exceso de confianza es fatídico. En 2023, la velocidad fue el tercer factor concurrente (24%) más citado en los informes de siniestros mortales. Un viejo problema, con nuevos argumentos: “ La velocidad es un ‘valor’ en todas las facetas de nuestra sociedad. Y esto se mete en los vehículos, que por sus tecnologías y el buen estado de las vías no nos producen sensación de velocidad. No somos conscientes de las brutales fuerzas que desencadena la velocidad: a 50 km/h el impacto es como caer con el coche desde el tercer piso; o en un choque frontal a 80 km/h, lo más probable es que puedan morir todo s”, explica Luis Montoro.
Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT), 17 de diciembre de 2024, sección «Reportajes», n.º 272. Texto: David LOSA. Texto reproducido tal cual, sin sus imágenes (la revista autoriza reproducir sus textos citando la fuente). Esta web no es la DGT ni tiene relación con ella.
El texto de la revista es de 17 de diciembre de 2024. Después, estos artículos cambiaron de redacción; lo que vale hoy es la versión de abajo:
- Reglamento General de Circulación, artículo 18: nueva redacción vigente desde el 1 de octubre de 2026, por el Real Decreto 518/2026 (reforma del Reglamento General de Circulación, en vigor desde el 1 de octubre de 2026).
- Reglamento General de Circulación, artículo 85: nueva redacción vigente desde el 1 de octubre de 2026, por el Real Decreto 518/2026 (reforma del Reglamento General de Circulación, en vigor desde el 1 de octubre de 2026).
📖 Qué dice hoy la norma
Detrás de cada punto del decálogo hay una norma concreta. La base es el artículo 3 del Reglamento General de Circulación: hay que conducir con la diligencia y la precaución necesarias para no poner en peligro a nadie. Conducir de forma negligente es una infracción grave, y de forma temeraria, muy grave. La conducción agresiva del punto 4 suele acabar en una de las dos.
La atención del punto 2 está en el artículo 18: el conductor debe mantener la libertad de movimientos, el campo de visión y la atención permanente a la conducción. Está prohibido usar el móvil mientras conduces, salvo que la comunicación sea sin manos y sin cascos ni auriculares, y también conducir con auriculares conectados a un reproductor. Usar el móvil sujetándolo con la mano cuesta 6 puntos (anexo II de la Ley de Tráfico).
El respeto a los vulnerables del punto 7 tiene reglas nuevas. Desde el 1 de octubre de 2026, el artículo 85.4 obliga, al adelantar a peatones, ciclistas, ciclomotores o vehículos de movilidad personal, a ocupar parte o todo el carril contiguo y dejar al menos 1,5 metros; si hay más de un carril por sentido, hay que cambiar de carril por completo. Fuera de poblado, además, debes ir al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía durante todo el adelantamiento. Lo que recuerda la revista sigue igual: ya no se puede superar en 20 km/h el límite para adelantar en una carretera convencional.
El alcohol del punto 9 tiene cifras exactas en el artículo 20: 0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado con carácter general, y 0,3 g/l o 0,15 mg/l para profesionales y para quien lleva menos de dos años con el permiso. Y el sueño: la fatiga alarga el tiempo de reacción igual que el alcohol, así que lo seguro es parar a descansar, no subir la radio ni abrir la ventanilla.
Reglamento General de Circulación: Artículo 3. Conductores. (vigente desde el 23 de enero de 2004)
1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario (artículo 9.2 del texto articulado).
2. Las conductas referidas a la conducción negligente tendrán la consideración de infracciones graves y las referidas a la conducción temeraria tendrán la consideración de infracciones muy graves, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65.4.a) y 5.c) del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, respectivamente
Reglamento General de Circulación: Artículo 18. Otras obligaciones del conductor. (vigente desde el 1 de octubre de 2026)
1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado).
Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso de monitores que estén a la vista del conductor y cuya utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones o para la visión en vehículos con cámara de maniobras traseras, así como el dispositivo GPS.
2. Queda prohibido conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos similares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación.
Se exceptúa de lo dispuesto en los párrafos anteriores:
a) la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, exclusivamente con fines de intercomunicación o navegación, y siempre que no afecten a la seguridad de la conducción.
b) cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Quedan exentos de estas prohibiciones los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas, así como los conductores de los vehículos de las Fuerzas Armadas que circulen en convoy.
3. Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Reglamento General de Circulación: Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra. (vigente desde el 1 de octubre de 2026)
1. Durante la ejecución del adelantamiento, el conductor que lo efectúe deberá llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del que pretende adelantar y dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad (artículo 34.1 del texto articulado).
2. Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen circunstancias que puedan hacer difícil su finalización sin provocar riesgos, reducirá rápidamente su marcha, regresará de nuevo a su carril y lo advertirá a los que le siguen con las señales preceptivas (artículo 34.2 del texto articulado).
3. El conductor del vehículo que ha efectuado el adelantamiento deberá reintegrarse a su carril tan pronto como le sea posible y de modo gradual, sin obligar a otros usuarios a modificar su trayectoria o velocidad, y advertirlo a través de las señales preceptivas (artículo 34.3 del texto articulado).
4. Cuando se adelante a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, ciclistas o conjunto de ciclistas, el conductor que adelanta deberá tener especial cuidado con la maniobra, con objeto de evitar crear cualquier situación de peligro para éstos.
El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento en los casos previstos en el párrafo anterior, debe efectuarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril. Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario, incluso si circulan por el arcén.
Además, si el adelantamiento se efectúa fuera de poblado, antes de iniciar la maniobra, y durante toda su ejecución, el conductor que adelanta deberá reducir la velocidad respecto al límite existente en la vía en al menos 20 km/h, a fin de garantizar que los usuarios adelantados no vean comprometida su estabilidad y seguridad.
Cuando los conductores de bicicletas circulen en grupo, se considerarán como una única unidad móvil.
Reglamento General de Circulación: Artículo 20. Tasas de alcohol en sangre y aire espirado. (vigente desde el 23 de enero de 2004)
No podrán circular por las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro.
Cuando se trate de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, los conductores no podrán hacerlo con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.
Los conductores de cualquier vehículo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir.
A estos efectos, sólo se computará la antigüedad de la licencia de conducción cuando se trate de la conducción de vehículos para los que sea suficiente dicha licencia.
🎯 Claves para el examen
- Conducción negligente: infracción grave; conducción temeraria: muy grave y 6 puntos.
- El móvil solo se puede usar sin manos y sin auriculares; con el móvil en la mano pierdes 6 puntos.
- Para adelantar a un ciclista: al menos 1,5 metros y, fuera de poblado, 20 km/h por debajo del límite.
- Tasa de alcohol general: 0,25 mg/l en aire; noveles y profesionales: 0,15 mg/l.
- Ante el sueño, la única solución eficaz es parar y descansar.
✍️ Practica
Preguntas como las del examen teórico, con la respuesta al pulsar:
¿De qué avisa el sistema LDW?
- De la presión de los neumáticos
- Del límite de velocidad de la vía, leyendo las señales de tráfico
- De un cambio de carril involuntario, por distracción o sueño
Ver la respuesta
c) De un cambio de carril involuntario, por distracción o sueño
¿Qué efecto produce la fatiga psicológica?
- Hace que te cueste más concentrarte
- Mejora la visión nocturna
- Reduce el tiempo de reacción y te deja más alerta
Ver la respuesta
a) Hace que te cueste más concentrarte
Según la DGT, estar cansado (fatiga) al volante es...
- Un problema que solo afecta a los conductores profesionales de camión
- Algo que no influye si conoces bien la carretera
- Uno de los principales riesgos que puede provocar accidentes
Ver la respuesta
c) Uno de los principales riesgos que puede provocar accidentes
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